PUAM: Pensión Universal para el Adulto Mayor, requisitos y cobertura.


Me abocaré a explicar de manera clara y concisa qué es la Pensión Universal para el Adulto Mayor, conocida como PUAM, cuáles son sus requisitos, sus incompatibilidades, sus beneficios y el importe de su haber.

La PUAM es una prestación no contributiva, de carácter vitalicio, que otorga la ANSES a aquellas personas que, teniendo 65 o más años de edad, no logran reunir los 30 años de aportes para acceder a una jubilación ordinaria.

Son requisitos sine qua non, tanto para hombres como para mujeres, tener 65 años de edad y ser ciudadanos argentinos nativos por opción o naturalizados, en este último caso con una residencia legal mínima en el país de 10 años anteriores a la fecha de solicitud del beneficio, o ser ciudadanos extranjeros con residencia legal mínima acreditada en el país de 20 años, de los cuales 10 deben ser anteriores a la fecha de solicitud del beneficio. En cualquiera de los casos, para el cobro mensual de la PUAM, se debe mantener la residencia en Argentina.

Además esta prestación apunta a aquellas personas que:
1) no estén percibiendo ningún otro beneficio como ser jubilación ordinaria, pensión directa, pensión derivada o retiro por invalidez,
2) ni estén cobrando el seguro por desempleo prevista en la ley 24.013,
3) que se encuentren en un estado de mayor vulnerabilidad al momento de la solicitud, puesto que la ANSES antes del otorgamiento del beneficio analizará la situación socioeconómica y patrimonial del solicitante,
4) y que estén desempleadas desde el inicio del trámite porque este beneficio es incompatible tanto con el trabajo en relación de dependencia como con la labor en forma autónoma. La única excepción es para quienes estén adheridos al monotributo social, quienes podrán continuar con su actividad.

Para el caso de las personas que reúnan todos estos requisitos pero estén cobrando una pensión no contributiva por vejez que otorga el Ministerio de Desarrollo Social, podrán optar por percibir la PUAM, renunciando a la otra prestación.

El cobro de esta prestación implica además el acceso a la cobertura médica (PAMI), la asignación por cónyuge, por hijo menor o discapacitado y la asignación por ayuda escolar anual.

El monto a percibir por la PUAM equivale al 80% de la jubilación mínima. Por lo tanto, su movilidad está estrictamente ligada a los incrementos que el Gobierno otorga a las jubilaciones y pensiones en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año.

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